Nota Bibliográfica

Conozca la nota bibliográfica del tratadista español Dr. Román García sobre la Publicación “Las Medidas Cautelares y la Ejecución de la Sentencia” del Dr. Jose A Cuevas Segarra.

Dr. Antonio M Román García

​El Dr. Román García es Catedrático de Derecho Civil, Abogado y Académico Correspondiente de la Real Jurisprudencia y Legislación de España. El mismo ha actualizado varios volúmenes de Castán Tobeñas sobe el Derecho Civil Común y Foral, la cual es una obra clásica del Derecho español. También entre muchísimas obras publicó la importante monografía sobre el pre contrato.

Libro Flat Las Medidas Cautelares y la Ejecucion de la Sentencia por el Lic Cuevas Segarra

NOTA BIBLIOGRÁFICA: Sobre la obra de J.A. CUEVAS SEGARRA “Las medidas cautelares y la ejecución de la sentencia”, ed. Bosch, Barcelona, 2020.

 

Mi querido colega y amigo: el Dr. José A. CUEVAS SEGARRA, gran jurista de Puerto Rico, acaba de publicar una magnífica obra sobre “las medidas cautelares y la ejecución de la sentencia”, en la cual examina, en una primera parte, los remedios cautelares defensivos y de garantía; medidas de seguridad, urgentes, precautorias, preliminares, previas, preparativas, preventivas y provisionales de la conservación de cautela, o cautelares; que también pueden convertirse en medios asegurativos permanentes en vía de ejecución forzosa de la sentencia. Son manifestaciones de la técnica procesal, que como acertadamente señalara L. PRIETO CASTRO: “el orden jurídico está lleno de realizaciones previas a la constancia definitiva del derecho, y ello indica, que éste no solamente tiene una eficacia reconstructiva, sino también preventiva”, llegando a calificar a la ejecución provisional de “medida profiláctica de moral y economía”. En esta dirección el autor, con gran sentido práctico, distingue las medidas cautelares de las medidas propias de una ejecución definitiva o provisional del título ejecutivo jurisdiccional o extrajudicial. También, las medidas cautelares en el procedimiento arbitral puertorriqueño y el arbitraje comercial internacional.

Este igualmente es el planteamiento y las características generales de las medidas cautelares en nuestro ordenamiento jurídico (español): instrumentalidad (accesoriedad e idoneidad), proporcionalidad, susceptible de aplicación a todo tipo de pretensiones (no sólo a las de condena), homogeneidad, y algunas veces urgencia y consolidación anticipada de lo que pueda finalmente resolverse en el proceso. Así se manifiesta su indudable utilidad, que viene apoyada en la tradición romanista de los jurisprudentes, como advierte A. D’ORS, y en el significado de la actio (del verbo agere: actuar). “La lucha es el trabajo eterno del Derecho”, según R. v. IHERING, y desde que el derecho no está dispuesto a luchar se sacrifica; así podemos aplicarle la sentencia del poeta: “Es la última palabra de la sabiduría que sólo merece la libertad y la vida, el que cada día sabe conquistarlas.”

En la segunda parte de esta obra, se analiza la sentencia, con referencias especiales a la cosa juzgada, explicando como la resolución cautelar es siempre provisional; y no produce los efectos correspondientes a la cosa juzgada. Examina con particularidad los gastos y costas que con relación a las medidas cautelares podrían ser reembolsables. Los honorarios del abogado y la revisión judicial de las mismas. En la tercera y cuarta parte, se establecen las características del proceso de ejecución forzosa de los diferentes tipos de las sentencias judiciales, con un comentario sobre el alcance de la homologación o convalidación de las resoluciones extranjeras, por el procedimiento del exequatur.

Y, finalmente en la quinta parte, el Dr. CUEVAS realiza un pormenorizado estudio de las medidas procesales y cautelares en el nuevo Código civil de Puerto Rico, aprobado por la ley 55 de 1º de junio de 2020, referidas a cláusulas de garantía, embargos, protección del incapaz, administración de bienes ( incluidos los del ausente), efectos de la declaración de defunción, de la declaración de divorcio ( vigencia de las medidas provisionales), disposiciones comunes a todo régimen económico matrimonial ( lo que en el Derecho español se conoce como régimen económico matrimonial primario), patria potestad, alimentos entre parientes, protección de la posesión y de los derechos reales, especialmente se refiere a los denominados de garantía ( prenda, hipoteca y anticresis), anotaciones preventivas en el Registro de la Propiedad, medidas cautelares en Derecho internacional privado, defensas y remedios en relación a la prescripción y caducidad, en la protección a la posesión, ante las cláusulas abusivas en los contratos de adhesión, en los derechos del fiador, invalidez y forma en los negocios jurídicos, interpretación de los mismos, cumplimiento de las obligaciones, responsabilidad del deudor, revisión de los contratos, contrato de fianza y de depósito, sucesión mortis causa, administración y liquidación de la herencia…etc.

Todo ello tratado desde la perspectiva de un excelente civilista, con el cual he tenido el honor de colaborar en diversos estudios sobre contratos y sucesiones; y un experto procesalista, que ha desarrollado una importante obra en esta materia, y que es, además, un gran abogado postulante.

Aunque entre nosotros el conocimiento del Common Law , prototipo del Derecho jurisprudencial, es muy limitado, a pesar de los esfuerzos de J. PUIG BRUTAU, que ya en 1954, tradujo el libro de R. POUND “El espíritu del Common Law”, y fue el auténtico divulgador de la experiencia jurídica de este sistema, que tiene profundas diferencias con los sistemas europeos continentales, que establecieron ordenamientos más cerrados por la codificación y la influencia del racionalismo; es lo cierto que, actualmente, asistimos a un acercamiento metodológico entre el Derecho angloamericano y el Derecho europeo continental. Y, el Dr. CUEVAS SEGARRA, con la publicación de esta obra está contribuyendo, de manera útil y rigurosa, a esta nueva realidad de la comparación jurídica de los diferentes sistemas, y sus beneficiosos efectos.

Sólo me resta felicitar muy vivamente a su autor, y congratularnos por contar con esta excelente obra de nuestra cultura jurídica, que considero será muy útil para todos los estudiosos y operadores del Derecho.

Madrid, a 5 de marzo de 2021.

  1. ANTONIO M. ROMÁN GARCÍA.

Catedrático de Derecho Civil. Abogado.

Académico Correspondiente de la Real de Jurisprudencia y Legislación de España.